El Tribunal Constitucional emitió fallo en el caso de las reformas a las disposiciones sobre libertad condicional, que elevan los requerimientos exigibles para reos por crímenes de lesa humanidad. Si bien aceptó exigencias como el cumplimiento de dos tercios de la condena y la de colaboración, confesión o aporte al esclarecimiento de los delitos investigados, declaró inconstitucional el requisito de arrepentimiento bajo argumentos que solo serán conocidos con posterioridad.

Alvaro Ahumada, presidente de la Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi, lamentó esta decisión, que mutiló una iniciativa legal tendiente a establecer mayores exigencias a este tipo de reos, evitando que se homologuen a reos comunes y utilicen en su favor una disposición que data de 1925. “Como lo manifestamos en nuestra presentación ante el tribunal, la exigencia de arrepentimiento como factor a ponderar al momento de otorgar la libertad condicional a un reo no significa violentar su conciencia, sino una exigencia legítima en orden a que demuestre el grado de comprensión sobre el daño que infligió”, indicó el sobreviviente de Villa Grimaldi.

“En el caso de los crímenes de lesa humanidad el arrepentimiento es una condición importante, enfatizó Ahumada, porque, a pesar de sus edades avanzadas, este tipo de criminales continúan siendo peligrosos para la sociedad en su conjunto, al mantener vínculos con las Fuerzas Armadas y exigir de ellas acciones ilegítimas para obtener su libertad”. Ejemplificó Ahumada con Miguel Krassnoff  “que en septiembre de 2018 emitió una carta pública dirigida al comandante en jefe del Ejército en la que demuestra que sigue  pensando en un Chile en estado de guerra interna, considera a las víctimas de violaciones a los derechos humanos y a los tribunales como enemigos y además trata de inducir al desacato y la deliberación a militares en servicio activo. Como el acto en su homenaje que le costó el puesto nada menos que al director de la Escuela Militar”.

Para el presidente del directorio de Villa Grimaldi, este fallo se suma a otros emitidos por el Tribunal Constitucional que ponen en cuestión su existencia. La institución se ha convertido en barrera no sólo a esfuerzos para lograr justicia respecto a las violaciones a los derechos humanos bajo dictadura, sino también en otras materias como los denominados ‘temas valóricos’ en donde uno de sus fallos sobre objeción de conciencia frente a la ley que permite el aborto en tres causales, colabora a convertir esta disposición casi en letra muerta. “La sociedad chilena tiene el legítimo derecho a replantearse el rol de un tribunal de estas características, que en los hechos actúa como un supra poder generado al margen de la voluntad ciudadana”, concluyó Ahumada.