El pasado 16 de enero de 2018 el gobierno saliente de Michelle Bachelet ingresó un proyecto de ley que modificaba varias normas en materia de libertades condicionales, pero que tenía como un aspecto central, desde el punto de vista de los derechos humanos, la distinción de los condenados por crímenes de lesa humanidad, a los cuales les imponía requisitos específicos para obtener la condicional, el indulto presidencial, los permisos de salida y otros beneficios penitenciarios.

El proyecto ingresado, que actualmente se encuentra en primer trámite en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, establece que podrían acceder a estos beneficios si acreditaban “la atenuante de confesión espontánea o la de colaboración sustancial”; y si “han aportado antecedentes serios y efectivos de los que tengan conocimiento, en causas criminales por delitos de la misma naturaleza”.

El texto ingresado establece que también se exigirá que “los condenados suscriban en forma previa una declaración pública que contenga una manifestación inequívoca de su arrepentimiento por los hechos cometidos que les atribuye la sentencia condenatoria, por el contexto de los mismos y por el mal causado a las víctimas y sus familiares”.

En relación a los indultos el proyecto incorporaba a la ley N°18.050, que fija normas generales para conceder indultos particulares, una prohibición de entregar esta gracia a personas condenadas por el tipo de delitos de lesa humanidad.

La existencia del proyecto fue informado el mismo 16 de enero, a través de una carta del presidente del senado, Andrés Zaldívar, al presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, indicando que “en atención a que el proyecto de ley contiene normas que dicen relación con la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, el Senado acordó ponerlo en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema, recabando su parecer, en cumplimiento de lo preceptuado por la Constitución Política de la República”.

Brito respondió con fecha seis de febrero al Senado, y comentó una serie de aspectos para, desde el punto de vista del máximo tribunal, poder poner en la práctica las medidas que establecía el proyecto. Desde esa fecha hasta la actualidad, el proyecto registrado con el número 11569-07 no registra ningún movimiento legislativo..

Si esta iniciativa hubiese sido aprobada y fuese ley, se habría impedido que los ministros de la Corte Suprema les concedieran la libertad condicional a siete de condenados por crímenes cometidos en dictadura. Considerando que los informes sicológicos de Gendarmería en los que se basó la decisión dejaban claro que jamás mostraron arrepentimiento.