La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a cinco ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de José Vicente Toloza Vásquez, Guillermo Gálvez Rivadeneira, Guillermo Albino Martínez Quijón, Hugo Ernesto Vivanco Vega, Alicia Herrera Benítez, Óscar Orlando Ramos Garrido, Óscar Arturo Ramos Vivanco y Nicolás Hugo Vivanco Herrera, delitos perpetrados entre julio y agosto de 1976.

En el fallo la quinta sala del tribunal -integrada por las ministras Maritza Villadangos, Inelie Durán y el abogado integrante Ángel Cruchaga- confirmó la sentencia, que condenó a Juan Morales Salgado, Pedro Espinoza Bravo, Carlos López Tapia, Rolf Wenderoth Pozo y Ricardo Lawrence Mires a penas de veinte años de presidio como autores de los ocho secuestros.

En la resolución de primera instancia, el ministro en visita Leopoldo Llanos logró establecer que «la DINA realizó labores de seguimiento y detención de dirigentes y militantes del Partido Comunista, las que se verificaron durante todo el año 1976. Durante dicho período se procedió a la captura de decenas de militantes del Partido Comunista, muchos de ellos miembros de sucesivos comités centrales que se fueron constituyendo a medida que los anteriores iban siendo desarticulados por el organismo represor antes mencionado”.

La investigación estableció que “los detenidos fueron llevados al cuartel ‘Terranova’ o ‘Villa Grimaldi’, donde se les interrogaba bajo torturas. Algunos de ellos fueron posteriormente llevados, siempre privados de libertad, hasta el cuartel ‘Simón Bolívar’”.

Se añade que en estas circunstancias, se produjeron las detenciones José Vicente Toloza Vásquez, casado, un hijo, linotipista, militante comunista, detenido el 15 de julio; Guillermo Gálvez Rivadeneira, viudo, cinco hijos, periodista, ex dirigente sindical, militante comunista, detenido el 28 de julio; Guillermo Albino Martínez Quijón, casado, linotipista, militante comunista, fue detenido el 21 de julio; Hugo Ernesto Vivanco Vega, casado, un hijo, empleado, militante comunista, fue detenido el 4 de agosto de 1976; Alicia Herrera Benítez, cónyuge del anterior, un hijo, dueña de casa, militante del Partido Comunista, detenida el 4 de agosto; f) Óscar Orlando Ramos Garrido, casado dos hijos, linotipista, ex intendente de Llanquihue, y miembro del Comité Central del Partido Comunista, fue detenido el 5 de agosto; Óscar Arturo Ramos Vivanco, hijo del anterior, simpatizante de las Juventudes Comunistas, soltero, 24 años, detenido junto su padre; Nicolás Hugo Vivanco Herrera, casado, 3 hijos, obrero automotriz, militante comunista, detenido el 10 de agosto.

Indica la sentencia que “las consecuencias de estas detenciones son que las personas antes mencionadas se encuentran en calidad de desaparecidas, toda vez que, privadas de libertad, no han tomado contacto con sus familiares; tampoco han realizado gestiones administrativas ante organismos del Estado ni organismos privados, ni registran entradas o salidas del país, sin constar, tampoco, su defunción».

En el aspecto civil, ese confirmó la sentencia que acogió demanda deducida y ordenó al Estado de Chile pagar una indemnización de seiscientos millones de pesos por concepto de daño moral a familiares de las víctimas.