El joven estudiante de medicina de 24 años Álvaro Modesto Vallejos Villagrán, estuvo detenido en el centro de tortura y exterminio de Londres 38, fue trasladado a Villa Grimaldi, Cuatro Alamos y Colonia Dignidad, manteniéndose desaparecido hasta el día de hoy. La Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi se hizo parte en la querella por este crimen de lesa humanidad.

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El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Jorge Zepeda, condenó a ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y a un miembro de la ex Colonia Dignidad, por su responsabilidad en el secuestro calificado de Álvaro Modesto Vallejos Villagrán.

En la resolución, el ministro Zepeda condenó a penas de 10 años de presidio a los ex miembros de la DINA: Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Basclay Zapata Reyes y Fernando Gómez Segovia. Misma pena que deberá cumplir el ex miembro de la Colonia Dignidad Gerard Mücke Koschitze.

Además, en el aspecto civil, el ministro acogió la demanda de familiares de la víctima y ordena al fisco pagar una indemnización de $300.00.000 (trescientos millones de pesos). Asimismo, el alto magistrado acogió la demanda de reparación y dispuso que el Estado de Chile construya un museo-memorial en homenaje a las víctimas de Villa Baviera.

«a) Se declara la obligación del Estado de Chile de construir el sitio de memoria Museo de Memoria «Colonia Dignidad», para homenajear y reparar a la víctima Álvaro Modesto Vallejos Villagrán y a las personas que fueron privadas de libertad al igual que él y se tuvieron de ellas las últmas noticias en ese lugar antes desparecer.

b) El sitio de memoria, Museo de Memoria «Colonia Dignidad», lo construirá el Estado de Chile en los bienes nacionales de uso público consistentes en los terrenos adyacentes al camino de ingreso principal a los predios denominados «Colonia Dignidad o «Villa Baviera», en la extensión que limita con los de los predios de sus dueños, tal como se ha razonado en los considerandos 99° y 100° de la presente sentencia.
c) El Museo de Memoria recogerá los antecedentes que enseñen y fijen los sitios de encierro y tortura de las víctimas, y las fosas de inhumación clandestina de personas que el tribunal encontró y que da cuenta la causa de este mismo rol, N° 2.182 – 98, episodio «Asociación ilícita Colonia Dignidad».

d) El Museo de Memoria no solo incluirá la exposición de la identificación, determinación y señalización de los lugares donde se cometieron graves violaciones a los derechos humanos, sino que, además, el Estado de Chile deberá tomar las medidas de preservación de los sitios -hallazgo de fosas comunes por parte del tribunal, precisadas en los autos de este mismo rol 2.182 – 98, «Asociación Ilícita Colonia Dignidad»- donde las víctimas fueron inhumadas clandestinamente y luego exhumadas de la misma firma; en tal actividad el Estado de Chile perseguirá, desde luego, por la vía administrativa o judicial que correspondiente, el libre tránsito por las servidumbres consistentes en los caminos inmemoriales que atraviesan los predios «Colonia Dignidad» o «Villa Baviera», y que permiten acceder directamente a las fosas comunes encontradas».

Los hechos

Según los antecedentes recopilados en la investigación, el ministro Zepeda logró determinar los siguientes hechos:

«a) Álvaro Modesto Vallejos Villagrán, estudiante universitario, miembro del Movimiento de Izquierda Revolucionario, MIR, fue privado de libertad por agentes armados de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, el 20 de mayo de l974, alrededor de las 20,30 horas; su detención se produce en la morada de sus padres, del Pasaje Prat N° 3.250, de la comuna de Maipú, y es trasladado al centro de detención clandestina de «Londres N° 38».
Posteriormente, el día 29 julio de l974, Álvaro Modesto Vallejos Villagrán fue sacado por los agentes del cautiverio y llevado hasta la morada donde había sido detenido dos meses antes, logrando estar breves momentos con su familia, pues, aproximadamente a las 21 horas, los funcionarios aprehensores ingresan a la vivienda, lo sacan de ella y lo suben en la cabina de la camioneta en que se movilizaban.

b) Con posterioridad, Álvaro Modesto Vallejos Villagrán, además del cuartel de «Londres N° 38», es trasladado a los centros de detención y torturas de la Dirección de Inteligencia Nacional «DINA» de «Villa Grimaldi», de «Cuatro Alamos» y de «Colonia Dignidad», manteniéndose desaparecido hasta el día de hoy».

Fuente: Comunicaciones Poder Judicial.