leongalvezjosepatricioFallo de primera instancia fue dictado por el ministro Jorge Zepeda. Además, se aumentó el monto de la demanda civil al cónyuge e hijo de la víctima de este crimen contra la humanidad cometido en Villa Grimaldi.

La Corte de Apelaciones de Santiago elevó a 5 años y un día de presidio la pena a los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), Pedro Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko  como responsables del secuestro calificado de José León Gálvez, ocurrido a partir del 16 de enero de 1975.

En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Jorge Dahm, Carlos Carrillo y el abogado integrante Ángel Cruchaga, aumentó la pena inicial de 5 años de presidio, la que había sido dictada por el ministro en visita Jorge Zepeda, el 2 de diciembre pasado.

La resolución implica un aumento de un grado de la pena, de acuerdo al Código Penal.

La sentencia, además, incrementa de  30 millones de pesos a 60 millones de pesos, la indemnización que se debe pagar a Rosa Lesbia Rosales Montano y René León Rosales, cónyuge e hijo de la víctima, por daño moral. Así como mantuvo las indemnizaciones de 10 millones de pesos a cada uno de los 6 hermanos de la víctima.

La investigación del ministro Zepeda determinó que en Santiago, “el día 16 de enero de 1975, en la vía pública, fue privado de libertad por agentes de la Dirección Nacional de Informaciones (DINA), el profesor y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), José Patricio del Carmen León Gálvez; quien luego de ser conducido al campo de detenidos políticos de «Villa Grimaldi», denominado también «Cuartel Terranova», se encuentra desaparecido hasta el día de hoy”.

“Los agentes de Estado pertenecientes a la Dirección Nacional de Informaciones (DINA) que sustraen a José Patricio del Carmen León Gálvez, una vez en su poder, lo interrogan bajo tortura” y pertenecían a la agrupación denominada Halcón, dependiente de la Brigada Caupolicán, “encargados precisamente de la persecución de los miembros del Movimiento de Izquierda revolucionaria (MIR)», precisó la sentencia del juez Zepeda.