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Estuvo detenido en José Domingo Cañas, 4 Alamos y Villa Grimaldi, desde donde fue hecho desaparecer, según un testigo. Es una víctima de la cruel Operación Colombo, montaje que intentó hacer creer que 119 chilenos habían muerto en el extranjero. Condenados 62 agentes en primera instancia.

Texto Carlos Antonio Vergara, fotografías Luis Fernando Arellano y archivos.

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto, condenó a 62 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del fotógrafo y ex funcionario de la Policía de Investigaciones (PDI), Teobaldo Antonio Tello Garrido, ilícito perpetrado a partir el 22 de agosto de 1974.

El magistrado condenó a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito, a los agentes César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y a otros 58 ex miembros de este aparato represor de la dictadura.

La investigación estableció que el 22 de agosto de 1974, Teobaldo Tello, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en la vía pública en el centro de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado Ollagüe, ubicado en calle José Domingo Cañas N° 1367, de la comuna de Ñuñoa, y posteriormente lo trasladaron a Cuatro Álamos y Villa Grimaldi, recintos custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenía acceso la DINA.

Tello Garrido durante su detención permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, y sometido a interrogatorios bajo tortura por los agentes de la DINA con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR y detenerlos, “siendo vistos por otros detenidos con sus brazos y piernas quebradas producto de las torturas”, detalla la resolución.

La última vez que la víctima fue vista con vida, ocurrió un día no determinado del mes de septiembre de 1974, encontrándose actualmente desaparecido. El nombre de Tello “apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista LEA de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Teobaldo Antonio Tello Garrido había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros; las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Tello Garrido tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior». Esta fue conocida como la Operación Colombo.

Romo detuvo a su esposa

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La esposa de Teobaldo Tello, Berta Valdebenito Mendoza, relató a los tribunales que en agosto de 1974 fue detenida por agentes dirigidos por Osvaldo Romo Mena y llevada a José Domingo Cañas y fue sometida a interrogatorios y careos con su esposo.

Recién ahí se dio cuenta que él también estaba detenido, ya que previo a su detención él había desaparecido hacía como 4 días. Estuvo detenida por espacio de 20 días, continuamente con la vista vendada. En uno de los careos pudo sacarse la venda y ver que su esposo estaba físicamente mal, con sangre seca en los pómulos”, consigna.

Indica que en José Domingo Cañas “la oficina de Miguel Krassnoff Martchenko estaba al frente de otra donde se ubicada ‘la parrilla’ y en varias ocasiones escuchó la voz de Krassnoff diciendo ‘dale más, apriétala más’. A Marcelo Moren Brito también lo vio en ese recinto. Osvaldo Romo siempre estaba junto a Krassnoff quien le decía a su esposo, ‘mira el regalito que te tengo aquí’, Krassnoff constantemente lo intimidó diciéndole que si él no cooperaba se las iba arreglar con ella en el sentido de que la iba a torturar, esa situación de aflicción se repitió en tres oportunidades”.

En un momento alguien lo atrajo hacia ella decidiéndole si reconocía ese cuerpo, ella estaba aterrada y se sacó la venda y vio el estado en que su marido se encontraba. Estaba en el lugar Miguel Krassnoff Martchenko, Osvaldo Romo y Basclay Zapata”, declaró.

Berta cuenta que “lo llevaron a la pieza donde ella estaba y lo acostaron a su lado, ella trató de abrazarlo y, él le dijo que le habían pasado un vehículo por sobre sus piernas, que le habían botado sus dientes y lo tenían aislado. Pasó la noche con él, se quejaba mucho, trató de poner su oído cerca de su boca y así pudo lograr entenderle”, precisó. Fue llevada por un guardia para despedirse de su esposo. Fue la última vez que lo vio. Fue liberada el 16 de septiembre.

En Cuatro Alamos los prisioneros lo ayudaban a caminar

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Casona de 3 y 4 Álamos

Carlos Ruiz Aranzaes fue hasta Septiembre de 1974 funcionario de la PDI. Fue compañero de trabajo de Tello, a quien habían exonerado de la institución por su militancia de izquierda.

Aranzaes fue detenido en la Dirección General por un funcionario de la DINA y “llevado a un lugar donde se le acercó un sujeto que identifica como Osvaldo Romo y le preguntó si conocía a Teobaldo de Tello, respondiéndole afirmativamente”, luego lo trasladaron a una oficina de interrogatorio y torturas donde fue golpeado e interrogado sobre su relación con Tello.

Posteriormente fue llevado a Cuatro Álamos y a los dos días a un centro de interrogatorios . “Fue llevado a una pieza pequeña donde habían unas cuatro personas y ahí se le acercó Teobaldo Tello y le dice que había sido detenido y torturado. Al poco rato los sacan y los llevan nuevamente a Cuatro Álamos donde estuvo unos tres días siendo trasladado a Tres Álamos, a los pocos días lo trasladan nuevamente a Cuatro Álamos y lo llevan después a otro sitio que pudo haber sido la Discoteque, y luego a otros centros de detención”.

Aranzaes también fue llevado a Villa Grimaldi. Allí vio a Sonia Bustos (detenida desaparecida) quien también perteneció a la PDI. Bustos trabajaba como secretaria del casino de la institución. Dice que lo pusieron al lado de ella y pudieron hablar. En ese mismo lugar tuvo la oportunidad de encontrarse con Tello, agrega el testigo.

Mario Aguilera Salazar fue detenido por la DINA en agosto de 1974 y pasó por José Domingo Cañas, Londres 38, Villa Grimaldi y Cuatro Álamos. Aseguró a la justicia que mientras estuvo en Cuatro Álamos, llegó un joven herido, por lo que “junto a Pablo Muñoz lo atendieron, les informó que había sido detenido en Quinta Normal, supo que ese joven era Teobaldo Tello Garrido quien en muchas oportunidades era sacado y llevado a otros centros de detención, lo sacaban en la mañana y lo traían de vuelta en la tarde, llegaba en muy malas condiciones físicas, hasta que en una oportunidad fue sacado y no volvió, nunca se supo su destino”.

Por su parte, Cristián Van Yurick sostuvo que estuvo detenido por la DINA en Cuatro Álamos . A Van Yurick “lo sacaban por periodos cortos a los cuarteles de la DINA ubicados en José Domingo Cañas y Villa Grimaldi, donde era interrogado. En José Domingo Cañas fue llevado a una habitación en donde vio a Tello que no podía caminar”.

Recuerda que en Cuatro Álamos , se encontraba en muy malas condiciones físicas y “fue dejado en un espacio frente a la pieza 13, bastante alejado de las camas de los otros detenidos. Con Joel Huaquiñir (detenido desaparecido), le dieron unos calmantes. Posteriormente fue sacado de madrugada o al otro día temprano desconociendo su paradero”, declaró Van Yurick.

En Villa Grimaldi preguntó por su señora

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Ex Clínica Santa Lucía

El ex agente de la DINA Osvaldo Romo Mena negó haberlo detenido, pero reconoció haber conversado con Teobaldo Tello Villa Grimaldi.

La mayoría de los detenidos que recuerda que estaban en José Domingo Cañas, eran sacados vivos y llevados en malas condiciones a la Clínica Santa Lucía, nunca fue a la Clínica Santa Lucía. nunca volvió a ver a los que llevaron a la Clínica Santa Lucía. Entiende que allá les ponían una inyección y les daban muerte, a esa clínica iban a morir. No sabe lo que les inyectaban, pero iban a morir”, sentenció Romo a la justicia.

Juan Machuca Contreras, fue detenido el 13 de agosto de 1974 y llevado a un recinto que luego supo era José Domingo Cañas, “siendo interrogado y torturado brutalmente, preguntándole por personas del MIR. Ahí permaneció aproximadamente dos semanas, posteriormente fue llevado a la pieza 13 de Cuatro Álamos donde estuvo de tres a cuatro meses y era sacado constantemente a interrogatorios a otros recintos clandestinos de la DINA”.

Machuca conoció a Teobaldo Tello en la secundaria y nunca más lo vio, hasta que se encontró con él en Cuatro Álamos, lo ayudaba a cargarlo cuando tenían que llevarlo al baño. “Cuando le daban comida tenían que enfriarla para poder darle de comer, apenas comía”.

Después de unos días sacaron a Machuca a Villa Grimaldi. Allí, a los días después lo llevaron a una pieza de interrogatorios y torturas donde estaba Teobaldo Tello Garrido, “él le preguntó si había visto a su señora, procedió a tomarlo y lo levantó ya que el espacio era muy reducido y no cabían los dos. Trató de consolarlo. Y lo puso sobre él. Luego entraron unos guardias y arrastraron de los pies a Teobaldo; los agentes dijeron que estaba fallecido, lo tomaron y lo tiraron como bulto en una camioneta, lo mismo hicieron con él, fueron a un lugar desconocido donde entregaron el cadáver de Teobaldo Tello, a unos agentes, cree que era un lugar de exterminio de prisioneros. Se escuchaban personas detenidas que hacían mucho ruido y gemidos. Los captores dijeron que a él no lo dejaban pues tenían muchos y lo regresaron a Villa Grimaldi y luego lo volvieron a Cuatro Álamos, luego pasó a Tres Álamos. Teobaldo Tello habría fallecido mientras estuvieron en la celda en Villa Grimaldi”, manifestó a la Justicia.

Lista de los 62 condenados

Por este crimen contra la humanidad, además de las sentencias a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, deberán cumplir condena de 10 años de presidio, también en calidad de autores, los agentes: Nelson Alberto Paz Bustamante, Gerardo Ernesto Godoy García, Hermón Helec Alfaro Mundaca, Gerardo Meza Acuña, Gerardo Ernesto Urrich González, Julio José Hoyos Zegarra, Manuel Heriberto Avendaño González, Silvio Antonio Concha González, José Ojeda Obando, José Mario Friz Esparza, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Orlando Manzo Durán, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Basclay Humberto Zapata Reyes, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Juan Ángel Urbina Cáceres, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Luis Fernando Espinace Contreras; Palmira Isabel Almuna Guzmán y Leonidas Emiliano Méndez.

Asimismo, deberán purgar penas de 4 años de presidio, en calidad de cómplices, los agentes: Juan Ignacio Suárez Delgado, Raúl Alberto Soto Pérez, José Mora Diocares, Armando Segundo Cofré Correa, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Víctor Abraham González Salazar, Eugenio Jesús Fieldhouse Chávez, Daniel Valentín Cancino Varas, Jaime Humberto Paris Ramos, José Stalin Muñoz Leal, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Luis Eduardo Mora Cerda, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Víctor San Martín Jiménez, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Guido Arnoldo Jara Brevis, Hugo Hernán Clavería Leiva, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Víctor Manuel Molina Astete, Olegario Enrique González Moreno, Miguel Ángel Yáñez Ugalde y Héctor Carlos Díaz Cabezas.

El agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia fue condenado a 541 días de presidio con el beneficio de la remisión condicional de la pena.

Absueltos por falta de participación resultaron los agentes Raúl Bernardo Toro Montes, Alejandro Francisco Molina Cisterna, Herman Eduardo Ávalos Muñoz, Máximo Ramón Aliaga Soto, Alfonso Humberto Quiroz Quintana, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Gustavo Galvarino Carumán Soto, Carlos Enrique Letelier Verdugo y Héctor Raúl Valdebenito Araya.

En el aspecto civil, el ministro Hernán Crisosto Greisse condenó al Estado de Chile y al sentenciado Espinoza Bravo a pagar solidariamente la suma de 80 millones de pesos a la cónyuge de la víctima.