La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) como autores del delito de secuestro calificado del matrimonio de los cineastas Carmen Bueno Cifuentes y Jorge Müller Silva, quienes fueron secuestrados el 29 de noviembre de 1974, desconociendo desde entonces su paradero.

En fallo confirmó la sentencia dictada por el ministro en visita Hernán Crisosto, en la parte que condenó a treinta y un agentes por su participación en el delito perpetrado en el marco del operativo de desinformación conocido como ‘Operación Colombo’. 

En la investigación, el ministro Crisosto logró determinar que «el día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado Villa Grimaldi”. Ambos se dirigían a su lugar de trabajo, alrededor de las 9:30 horas. Algunos testigos vieron subirlos a una camioneta blanca, sin patente.

Ambos cineastas habían participado en la noche anterior a su detención, en el estreno de la película A la sombra del sol en el cine Las Condes, ya que formaron parte del equipo de filmación. Y al momento de su detención, la pareja estaba trabajando en la filmación del Año Santo chileno, evento que se realizó días antes de su arresto en el Templo Votivo Maipú y que había sido organizado por la Conferencia Episcopal de Chile.

El fallo reciente estableció que los agentes César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko fueron condenados a veinte años de presidio por su responsabilidad en los secuestros calificados.

En el caso de Manuel Carevic Cubillos, Alejandro Astudillo Adonis, Demóstenes Cárdenas Saavedra, Sylvia Oyarce Pinto, Gerardo Godoy García, Manuel Avendaño González, Heriberto del Carmen Acevedo, Nelson Ortiz Vignolo, Silvio Concha González, Pedro Araneda Araneda, Luis Videla Inzunza, Jorge Madariaga Acevedo, Teresa Osorio Navarro, José Aravena Ruiz, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torré Sáez, Rosa Ramos Hernández, Pedro Alfaro Fernández, Luis Torres Méndez, Juan Urbina Cáceres, Jerónimo Neira Mendez, Palmira Almuna Guzmán, Hugo Delgado Carrasco, Carlos López Inostroza, Hugo Hernández Valle, Francisco Ferrer Lima y Fernando Lauriani Maturana se ratificó que deberán purgar doce años de presidio.
 
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de cincuenta millones de pesos a la hija de las víctimas.