La Corte de Apelaciones se pronunció sobre el fallo de primera instancia por la desaparición de Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola. Se aumentaron las condenas a 27 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones y se confirmaron la de otros cuatro, entre ellos la Hugo Salas Wenzel, ex director de la Central Nacional de Informaciones (CNI) y Álvaro Corbalán Castilla a 15 años.

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En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Mario Gómez Montoya, Alejandro Rivera y Carlos Carrillo- ratificó la sentencia dictada, en octubre de 2013, por el ministro en visita Mario Carroza; sin embargo, modificó las penas aplicadas y la participación de algunos de los sentenciados por los secuestros de los cinco integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), y que corresponden al último caso de detenidos desaparecidos del periodo comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.

En la resolución, se ratificaron las condenas de 15 años de presidio para: Hugo Salas Wenzel, ex director de la Central Nacional de Informaciones (CNI) y Álvaro Corbalán Castilla, en calidad de autores de los ilícitos. Asimismo, se confirmaron las penas de 10 años y un día de presidio para Iván Quiroz Ruiz y Gonzalo Maass del Valle por su responsabilidad como autores de los delitos.

Se elevaron las penas de 5 años y un día a 10 años y un día de presidio, también en calidad de autores a Raúl Durán Martinez, Luis Santibáñez Aguilera, Víctor Ruiz Godoy, Juan Jorquera Abarzúa, Hernán Vásquez Villegas, Sergio Mateluna Pino, José Fuentes Pastenes, Juan Carlos Orellana Morales, Roberto Rodríguez Manquel, Alejandro Astudillo Adonis, José Salas Fuentes, Heraldo Velozo Gallegos, Marco Antonio Pincheira Ubilla, Jorge Ahumada Molina, José Morales Morales, Ema Ceballos Núñez, Patricio González Cortez, César Acuña Luengo y René Valdovinos Morales,

En tanto, al ex agente Luis Sanhueza Ross, el tribunal le mantuvo la pena de 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad como autor de los ilícitos. A los agentes Manuel Morales Acevedo y Manuel Ramírez Montoya se les elevó la pena de 3 años y un día a 5 años y un día, en calidad de autores de los ilícitos.

Para los agentes Aquiles Navarrete Izarnotegui, Fernando Rojas Tapia, Julio Cerda Carrasco, Marco Antonio Bustos Carrasco y Hugo Prado Contreras, se dictó condena de 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplices de los ilícitos, modificando su participación inicial de encubridores y, consecuencialmente, se les elevó la pena inicial de 3 años y un día de presidio.

En el caso de Rodrigo Pérez Martínez y Víctor Campos Valladares se dictó pena de 3 años y un día de presidio –con el beneficio de la libertad vigilada– por su responsabilidad como cómplices, cambiándose la participación inicial de encubridores y elevando la pena inicial de 541 días de presidio.

Finalmente, se absolvió a Rodrigo Barría Roger, condenado inicialmente -como encubridor- a 541 días de presidio.

En el aspecto civil, la Corte de Santiago confirmó las demandas de indemnización presentadas en contra del Estado de Chile, determinando que el fisco debe pagar 50 millones de pesos para cada uno de los tres padres y un hijo demandantes, y 20 millones de pesos para cada uno de los nueve hermanos de las víctimas.