Cinco años y un día para la cúpula de la DINA. La legislación internacional considera la tortura como un crimen contra la humanidad.

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos, dictó sentencia de primera instancia en la investigación que sustancia por el delito de aplicación de tormentos a prisioneros del centro de tortura y exterminio de Londres 38, ubicado en pleno centro dela capital, a un costado de la iglesia de San Francisco.

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Se trata de la querella presentada por Graciela Mathieu Loguercio, Erika Hennings Cepeda, Braulio Barría Ruiz, Patricia Eugenia Teresa Jorquera Hernández y Cristián van Yurick Altamirano.

En la resolución, el magistrado condenó a los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): Manuel Contreras, Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito y Basclay Zapata, a penas de 5 años y un día de presidio por su responsabilidad en el delito.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la investigación, el juez acreditó la existencia de Londres 38 como “un recinto secreto de detención y tortura” que “funcionó desde fines de 1973 y hasta, aproximadamente, los últimos días de septiembre de 1974”.

Comprobó también que el “recinto llegó a tener hasta unos sesenta detenidos, los que permanecían con la vista vendada reunidos en una amplia sala que en el día tenía sillas y en la noche colchonetas, en deficientes condiciones higiénicas. Se practicaban interrogatorios a los detenidos, los que consistían en aplicación de electricidad en diferentes partes del cuerpo, con la técnica de La Parrilla; se les daba de golpes de puño y pies, y se sometía a vejaciones sexuales a las mujeres; además, se les proporcionaba escasa alimentación”.

Gracias a numerosos testigos, sobrevivientes de Londres 38, el ministro Llanos probó que permanecieron detenidos y fueron objeto de torturas el año 1974, los querellantes Graciela Mathieu Loguercio, Erika Hennings Cepeda, Braulio Barría Ruiz, Patricia Eugenia Teresa Jorquera Hernández y Cristián van Yurick Altamirano.

En el aspecto civil, el ministro condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 50 millones de pesos, por concepto de daño moral, a cada una de las víctimas.