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Procesan a 16 miembros de la Armada y dos de la FACH. Fueron acusados de los delitos de asociación ilícita, secuestro, detención ilegal y tortura, perpetrados en contra de integrantes de la marina, a partir de julio de 1973.

Por Carlos Antonio Vergara

Un grupo de marinos denunció poco antes del golpe de Estado del 11 de septiembre, las reuniones sediciosas y el plan que se preparaba para derrocar al ex Presidente Salvador Allende.

Todo ello basados en la absoluta ilegalidad que implicaba de parte de la Armada, transgredir con sus actos la Constitución Política de la República de 1925, vigente en la época.

Los marinos hicieron estas denuncias, entre otros, a parlamentarios de la época, entre ellos el ex Secretario General del Partido Socialista, senador Carlos Altamirano, el líder del MAPU, diputado Oscar Guillermo Garretón y el Secretario General del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), Miguel Enríquez.

La revelación de que el proyecto golpista había sido denunciado, fue conocida por el servicio de inteligencia de la Armada, lo cual les significó, aun antes de que se produjera el golpe de Estado, detenciones y torturas.

Durante muchos años, los marinos intentaron que se hiciera justicia, a pesar de todos los poderes que se pusieron en movimiento para impedirlo.

Hace más de dos años, el 2 de abril de 2012, la Segunda Sala de la Corte Suprema, en decisión unánime, reabrió el proceso por no encontrarse agotada la investigación, ordenando la realización de diversas diligencias, después de que la ministra en visita Eliana Quezada decretara el sobreseimiento definitivo de la causa.

Con esa resolución, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, procesó a 16 ex miembros de la Armada y dos funcionarios en retiro de la Fuerza Aérea por su responsabilidad en los delitos de asociación ilícita, secuestro, detención ilegal y tortura, ilícitos perpetrados en contra de 9 integrantes de la Armada, a partir de julio de 1973.

Detenidos en buques y unidades de la V Región

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Cuartel Silva Palma

En el proceso, conocido como Marinos constitucionalistas, el magistrado indaga las detenciones ilegales y aplicación de tormentos en contra de Claudio Espinoza Tordecilla, Bernardo Flores Valdebenito, Luis Jorquera Silva, Víctor López Zambrano, Julio Gajardo Neira, Ricardo Tobar Toledo, Mariano Ramírez Ramírez, Pedro Blaset Castro y Pedro Lagos Carrasco, detenidos entre julio y agosto de 1973, por personal de la Armada y sometidos a torturas abordo de los buques Blanco Encalada y Latorre, y además en unidades militares de la Región de Valparaíso.

Las víctimas fueron procesadas por el Juzgado Naval de Valparaíso por el delito de incumplimiento de deberes militares, causa que, luego del 11 de septiembre de 1973, pasó a ser investigada como sedición o motín, continuando los detenidos por varios meses, sometidos a malos tratos.

En la resolución, el ministro Arancibia Pinto encausó a los miembros en retiro de la Armada: Hernán Julio Macuada, Pedro Benavides Monzoni, Sergio Mendoza Rojas, Jaime Urdangarín Romero, Luis Kohler Herrera, Santiago Lorca González, Juan Tapia Villalón, Julio Alarcón Saavedra, Ernesto Huber von Appen, Víctor Villegas Herrera, Samuel Ginsberg Rojas, Fernando Landeta Ahues, Juan Mackay Barriga, Jorge Davanzo Cintolesi, Ary Acuña Figueroa y Fernando Rojas Jiménez. Además, procesó a los miembros en retiro de la Fuerza Aérea, Jorge Almarza Pizarro y Jorge Rojas Carvajal, ordenando su ingreso en prisión preventiva en unidades militares.

El magistrado Arancibia Pinto acreditó que el 7 de agosto de 1973 Claudio Espinoza Pinto, “marinero primero en el buque Blanco Encalada, surto en Valparaíso, fue llamado por el comandante Julio Macuada, quien le imputó haber sostenido conversaciones de carácter sedicioso con civiles y marinos, lo que fue negado por éste, a continuación fue llevado por un cabo primero Morales al cuartel Silva Palma en donde fue nuevamente interrogado bajo diferentes torturas, consistentes en ser colgado de los pies y ser golpeado con sacos de arena y varillas, aplicándosele además corriente en los genitales”.

Interrogatorios, amenazas bajo una capucha

Después fue obligado a firmar una declaración y acusado por la justicia naval del delito de incumplimiento de deberes militares.

El magistrado determinó que con las declaraciones indagatorias de los inculpados “aparecen presunciones fundadas que permiten establecer los siguientes delitos; secuestro, detención ilegal, tortura de tormentos u otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, y asociación ilícita”.

En el dictamen, el juez detalla que Luis Reginaldo Jorquera Silva se encontraba haciendo uso de una licencia médica en julio de 1973 y “fue a buscarlo a su domicilio un oficial de la base por lo cual tuvo que presentarse ante el comandante Sergio Mendoza Rojas, quien le preguntó acerca de su intervención en una propuesta sediciosa para reemplazar a dicho comandante, luego de lo cual fue detenido y llevado al cuartel Silva Palma”.

En los primeros días de octubre de 1973 la víctima fue detenida en Limache por infantes de marina y llevado al sanatorio de Olmué donde fue objeto de golpes de pies y puños mientras estaba encapuchado, luego fue trasladado a Investigaciones y Carabineros y finalmente a la Academia de Guerra donde nuevamente fue golpeado e interrogado, y además amenazado, pudiendo darse cuenta que entre quienes le preguntaban estaba el teniente de la Armada Jaime Urdagarin Romero”, detalla la resolución.

Víctor López Zambrano, marinero primero, mecánico electrónico del crucero Prat en Talcahuano, fue detenido el 7 de agosto de 1973 por personal naval y llevado al fuerte Borgoño de esa ciudad.

Allí López fue “golpeado por un grupo de infantes de marina y luego desnudado, y a continuación fue objeto de diferentes torturas consistentes en ser sumergido de cabeza en un tambor lleno de excrementos y desechos” y otras torturas mientras lo mantenían encapuchado, agrega el juez Arancibia en el procesamiento.

Cumplieron penas de prisión

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Fuerte Borgoño

Una situación similar vivió el 15 de junio de 1973 Julio Gajardo Neira, cabo segundo, mecánico de electrónica, en la base aeronaval de El Belloto de la Armada de Chile, fue llamado por el comandante Sergio Mendoza Rojas, quien en presencia de otros oficiales, entre ellos Ernesto Von Appen, le imputó actitudes sediciosas y políticas. Posteriormente fue enviado detenido al cuartel Silva Palma incomunicado.

Después del golpe de Estado Gajardo fue sacado de la cárcel de Valparaíso y llevado a la Academia de Guerra Naval para ser torturado con electricidad, causándole quemaduras y luego debió cumplir condena.

Ricardo Tobar Toledo, marinero primero de la Armada fue detenido en Quintero por personal de la Fuerza Aérea de Chile (Fach), a cargo del capitán de bandada Jorge Almarza Pizarro y el subteniente Alejandro Rojas Carvajal, llevado a la base de la Fach y luego a la escuela armamentos de Las Salinas donde fue torturado.

Tobar reconoció por sus voces al comandante de la Escuela Jorge Davanzo, el capitán Cárdenas y el teniente Rodríguez. Lo llevaron luego al cuartel Silva Palma para torturarlo psicológicamente. Le hicieron Consejo de Guerra y lo condenaron.

Mariano Lautaro Ramírez Ramírez, cabo segundo, electricista de la Armada fue detenido en la Escuela de Ingeniería Naval de Las Salinas de Viña del Mar el 11 de agosto de 1973 y llevado al cuartel Silva Palma.

Los otros marinos sufrieron situaciones similares.

Los marinos constitucionalistas fueron víctimas de crímenes contra la humanidad, como es el delito de tortura practicado por agentes del Estado, de acuerdo a los tratados internacionales firmados y ratificados por Chile, los cuales, de acuerdo a la jurisprudencia, se entienden incorporados al ordenamiento jurídico interno y tienen rango constitucional.

Sin embargo, el juicio recién comienza, pues falta que los acusados arguyan sus defensas, posibilidad que no tuvieron las víctimas, quienes además pagaron con cárcel. Posteriormente se deberá dictar sentencia, la cual seguramente se apelará y finalmente, como sucede en gran parte de los procesos, deberá pronunciarse la Corte Suprema.

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