Por su autoría en los delitos de detención ilegal y tortura contra la ex militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) María Isabel Romero perpetrados a contar de julio de 1975, en Santiago, el Primer Juzgado Civil de Concepción dictó auto de procesamiento contra el brigadier (R) del Ejército Miguel Krassnoff Martchenko, y ex agente de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA).

Maria Isabel Romero, a la fecha de su secuestro era estudiante de obstetricia de la Universidad de Concepción. Fue detenida por personal de la DINA en la octava región cuando se dirigía en un bus rumbo a Talca y llevada a la ex Colonia Dignidad.

Allí, fue interrogada por el fundador del asentamiento alemán, Paul Schäfer, quien la entregó a gente de la DINA de la comuna de San Javier en una camioneta que era manejada por su mano derecha, el médico Harmut Hopp, y con Krassnoff a bordo, para ser llevada al ex cuartel Terranova (Villa Grimaldi).

Así lo ratificó, el pasado 5 de enero, la propia Romero, durante su careo con Krassnoff, donde ella indicó que «la justicia llega tarde en mi caso, pero algún día tenía que suceder. Krassnoff me hizo trasladar desde Colonia Dignidad hasta Villa Grimaldi».

En la oportunidad, Romero, señaló que «este señor niega haberme conocido, por supuesto. Sin embargo, él me levantó la venda un día y me dijo ‘te voy a salvar la vida pero yo sé que eres una terrorista’. Él se atribuía el derecho de salvar o matar gente como quiso, es por eso que hoy tiene la cantidad de años que se merece en la cárcel».

La jueza Margarita Sanhueza, estableció en la investigación que «el 28 de junio de 1975, la integrante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) María Isabel Romero, fue detenida ilegalmente por agentes policiales en la localidad de Chaimávida, Concepción, siendo conducida a un interrogatorio secreto».

Se añade que “posteriormente, fue entregada a una brigada operativa dependiente de la DINA, quienes la trasladaron a Santiago, incomunicándola en Villa Grimaldi en donde se le aplicaron tormentos y usaron de un rigor innecesario con el objeto de obtener información”. Y se indica finalmente que “en septiembre de 1976, fue dejada en libertad sin imputación de delito alguno y sin haberla puesto a disposición de autoridad competente ni conducido a lugares legales de detención”.

Los antecedentes del caso se apoyan en informes del Servicio Médico Legal; de la Brigada Investigadora de Delitos contra los Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones; del Instituto Nacional de Derechos Humanos; junto a la declaración de Luis Morén Brito y de otros testigos.